RENTABILIDAD DEL AUTOCONSUMO FOTOVOLTAICO RESIDENCIAL (2021)

Aunque instalar paneles fotovoltaicos implica un beneficio ambiental claro, la mayoría de consumidores que apuestan por esta tecnología lo hacen para obtener un ahorro en la factura de la luz. En esta publicación se analiza la rentabilidad mínima que puede esperar un hogar medio español de invertir en este tipo de proyectos.

ÍNDICE DE CONTENIDOS

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PUNTO DE PARTIDA

Todos los cálculos se realizarán sobre un hogar medio español, que, según Red Eléctrica Española, tiene un consumo anual de 3272 [kWh] y una potencia contratada de 4 [kW]. Suponiendo que se dimensione una instalación fotovoltaica que produzca anualmente la misma cantidad de energía y ubicada en Andalucía, esta tendría una potencia de unos 2 [kWp] y un coste de ~ 3.800,00 [€].

Cabe aclarar que en otras zonas con menor radiación se podrían requerir hasta 3 [kWp] para cumplir el criterio indicado, lo que supondría un coste de unos ~ 5.000,00 [€], no obstante, con 2 [kWp] bastaría para la mayor parte del territorio nacional.

También, dependiendo de los hábitos diarios de consumo de la vivienda estudiada, la potencia pico óptima varía bastante, sin embargo, se ha tomado este enfoque para no complicar el tema tratado, dado que el cálculo de la instalación no es el objeto de esta publicación.

LA FACTURA ELÉCTRICA

Para entender los ahorros que puede aportar instalar placas solares es necesario comprender primero como se factura la electricidad consumida. Una factura eléctrica normalmente se compone de 5 conceptos más uno adicional en el caso de autoconsumidores, ya que a estos se les compensan los excedentes que vierta su instalación fotovoltaica a la red eléctrica:


IPC – importe por potencia contratada: depende del térmico de potencia (TP) y de la potencia contratada (PC).

IEC -importe por energía consumida: depende del término de energía (TE) y de la energía consumida (EC). Si se dispone de discriminación horaria se tendrían tantos términos y energías consumidas como periodos tenga dicha tarifa (TE1 / EC1, TE2 / EC2, etc).

CE – compensación de excedentes: importe negativo que depende de los excedentes vertidos por la instalación fotovoltaica a la red eléctrica (EV) y del precio al que lo compense la comercializadora (CC). Como máximo puede reducir el IEC a cero y su aplicación es mensual.

IE – impuesto eléctrico: se aplica sobre el IPC y la resta del IEC & CE, es del 5,1127%.

AE – alquiler de equipos de medida: fijado por normativa, depende de la potencia y tipo de instalación.

IVA – impuesto sobre el valor añadido: se aplica sobre el IPC, la resta del IEC & CE, el IE y el AE, es del 21%.


Total a pagar (por conceptos) = [(IPC + IEC + CE) x (1 + IE) + AE] x (1 + IVA) ≡ [€]

Total a pagar (desglosado) = [(TP x PC + TE x EC+ CC x EV) x (1 + IE) + AE] x (1 + IVA) ≡ [€]

Condición límite sobre la compensación de los excedentes: CEIEC


Una vivienda con una tarifa razonable debería tener contratado un término de energía de ~ 0,12 [€/kWh] por la energía consumida y un término de potencia de 40 [€/(kW x año)] por la potencia contratada, así como 9,72 [€/año] por el alquiler del contador, dado que es el precio fijado para viviendas monofásicas. Todos estos precios son antes de la aplicación del IVA e impuesto eléctrico.

Normalmente, una parte importante de la energía producida por la instalación fotovoltaica no se autoconsumirá y se verterá a la red eléctrica, lo cual supone en el ámbito residencial entorno a un 50% de la generación total si no se disponen de baterías o controladores de consumo.

Esta energía no aprovechada se retribuye a través del mecanismo denominado compensación simplificada de excedentes a ~ 0,05 [€/kWh] frente a los ~ 0,12 [€/kWh] a la que se cobra la energía consumida, es decir, lo más rentable es autoconsumir y minimizar la exportación de energía a la red eléctrica.

En base a todo esto, la factura eléctrica anual de un hogar medio sin fotovoltaica sería la siguiente:

Importe por potencia40 [€/(kW x año)] x 4 [kW] = 160,00 [€/año]
Importe por energía0,12 [€/kWh] x 3272 [kWh/año] = 392,64 [€/año]
Compensación excedentesX
Impuesto eléctrico5,11% de (160,00 + 392,64) [€] = 28,26 [€/año]
Alquiler de equipos9,72 [€/año]
IVA21% de (160,00 + 392,64 + 28,26 + 9,72) [€] = 124,03 [€/año]
TOTAL714,65 [€/año]

Si este mismo hogar adquiriese una instalación de 2 [kWp] cuya generación anual igualase al consumo anual y con un ratio de autoconsumo o aprovechamiento del 50% (1636 [kWh]), pagaría:

Importe por potencia 40 [€/(kW x año)] x 4 [kW] = 160,00 [€/año]
Importe por energía0,12 [€/kWh] x (3272 – 1636) [kWh/año] = 196,32 [€/año]
Compensación excedentes– 0,05 [€/kWh] x 1636 [kWh/año] = -81,80 [€/año]
Impuesto eléctrico5,11% de (160,00 + 196,32 – 81,80) [€] = 14,04 [€/año]
Alquiler de equipos9,72 [€/año]
IVA21% de (160,00 + 196,32 – 81,80 + 14,04 + 9,72) [€] = 62,64 [€/año]
TOTAL360,92 [€]

Como se puede observar en las anteriores tablas, la factura de la luz bajaría en un 49,50% (-353,73 [€]), porcentaje que podría mejorarse hasta un máximo teórico del ~ 70% si se lograse autoconsumir toda la energía generada, lo cual en la práctica no es posible en viviendas a no ser que se disponga de sistemas de acumulación.

Para mejorar estos resultados es fundamental adaptar los hábitos de consumo y cambiar a una tarifa con discriminación horaria que permita pagar menos por la energía consumida cuando no haya producción fotovoltaica, permitiendo alcanzar fácilmente hasta un ~ 60% de ahorro (-428,79 [€]).

ANÁLISIS ECONÓMICO

Los ahorros calculados anteriormente se verán afectados por dos factores, el aumento del precio de la electricidad, que incrementa el ahorro generado, y por otro la degradación de los módulos fotovoltaicos, que disminuye la generación de la instalación y normalmente se sitúa por debajo de -0,8 [%/año] (-20% tras 25 años) para la mayoría de paneles comercializados actualmente.

Si se considera un aumento leve del precio de la energía, ambos factores prácticamente anulan entre sí y los beneficios económicos se mantienen constantes. Cabe aclarar que se ha elegido este criterio por ser el escenario más conservador posible, si se tomase el incremento anual de los últimas décadas (~ 5%) la rentabilidad se dispararía.

También hay que considerar la posibilidad de haya que cambiar algún equipo –normalmente el inversor o el vatímetro-, si bien esto no debería ocurrir hasta pasados unos 15 años, ya que casi todos los fabricantes del sector diseñan sus productos para alcanzar los 25 años de vida útil. Estas reparaciones pueden suponer como máximo unos 1.500,00 [€] para la instalación objeto de estudio.

Con estas consideraciones se obtiene el siguiente flujo de caja acumulado para el proyecto descrito, donde se puede observar que el periodo de recuperación es inferior a 9 años (8,86 años) y que los ahorros netos tras 25 años son de 5.419,75 [€], suponiendo unos ahorros constantes y teniendo en cuenta los costes de mantenimiento restados de los flujos de caja en el año 15.

AñoFlujo de cajaFlujo de caja acumulado
Inicio / 0-3.800,00 €-3.800,00 [€]
1428,79 €-3.371,21 €
2428,79 €-2.942,42 €
3428,79 €-2.513,63 €
4428,79 €-2.084,84 €
5428,79 €-1.656,05 €
6428,79 €-1.227,26 €
7428,79 €-798,47 €
8428,79 €-369,68 €
9428,79 €59,11 €
10428,79 €487,90 €
…..…..…..
14428,79 €2.203,06 €
15-1.071,21 €1.131,85 €
…..…..…..
20428,79 €3.275,80 €
…..…..…..
25428,79 €5.419,75 €
Figura 1 – Evolución económica del proyecto (Elaboración propia)

La rentabilidad promedio anual obtenida con esta inversión es del 1,43% (142,63% tras 25 años), la tasa interna de retorno del proyecto (TIR) es del 9,00% y el valor actual neto (VAN) asciende a 1.521,82 € para una tasa de descuento de 0,05.

Como se ha indicado anteriormente, si el precio de la electricidad aumentase, la rentabilidad se multiplicaría, por ejemplo, para incrementos anuales del ~ 1,5%, ~ 3% y ~ 5% la rentabilidad promedio anual pasaría a ser del ~ 2,4%, ~ 3,7% y ~ 5,3% respectivamente.

¿ES UNA INVERSIÓN RENTABLE?

La rentabilidad de la instalación planteada es mayor que la lograda con depósitos fijos (< 1%) e inferior que invertir, por ejemplo, en acciones del IBEX35 (~ 5%), tomando de referencia los datos de los últimos 15 años.

Sin embargo, su riesgo es mucho menor al ser un activo tangible bajo nuestro control, que además podemos negociar incluir en el seguro del hogar para estar cubiertos frente a cualquier tipo de incidencia no prevista, como actos de vandalismo o robos.

En cualquier caso, es fundamental recurrir siempre a empresas instaladoras autorizadas en baja tensión (categoría especialista) que cuenten con los seguros de responsabilidad civil y acreditaciones necesarias para llevar a cabo estas instalaciones y hacer frente a posibles accidentes. La lista de estas empresas se puede consultar en el Registro Integrado Industrial.

Figura 2 – Registro Integrado Industrial (Gobierno de España)

INCENTIVOS Y BENEFICIOS ADICIONALES

Cabe destacar que existen subvenciones a nivel autonómico y bonificaciones del IBI municipal que pueden mejorar en gran medida la rentabilidad de la instalación, si bien están sujetas a ciertas normas y requisitos estrictos.

También la mayoría de instalaciones fotovoltaicas incorporan un sistema de monitorización que permite controlar los consumos de la vivienda con una app móvil o portal web (e.g. Solar Web de Fronius), facilitando, por ejemplo, la mejora de los hábitos de consumo o la optimización de la potencia contratada.

Figura 3 – Portal web Solar Web del fabricante de inversores Fronius (Fronius)

Por último, destacar los beneficios ambientales de estas instalaciones, los cuales superan los impactos negativos provocados en la fabricación de los equipos que la componen. Este tema se tratará en profundidad en futuras publicaciones.

Publicado por Ingeniero Solitario

Ingeniero especializado en el sector de las energías renovables y en concreto del autoconsumo fotovoltaico.

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